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Revision de Beneficios

Revisión de continuidad de Beneficios de Incapacidad

Si recibe beneficios de incapacidad, Seguro Social revisará su caso a cada cierto tiempo para determinar si todavía sigue incapacitado.  Ellos evaluaran toda la evidencia incluyendo los cuestionarios, expedientes medicos y cualquier evaluación medica realizado por Seguro Social .Si ellos entienden que hubo alguna mejoría de salud sus beneficios serán suspendidos.

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Seguro Social dice que el proceso de revisión está diseñado para proveer todas las oportunidades de demostrar que todavía sigue incapacitado y asegurar que no cesen sus beneficios erróneamente. La realidad es otra. En la mayoría de los caos tenemos que llegar hasta la Corte de Seguro Social para demostrarle que la persona aun tiene las condiciones medicas y le puedan continuar pagando sus beneficios.  

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La frecuencia de las revisiones depende de la naturaleza y severidad de su condición médica y si se espera alguna mejoría medica.

  • Si se espera una mejoría, su primera revisión generalmente será dentro de seis a 18 meses después de la fecha en que se incapacitó.

  • Si existe la posibilidad de una mejoría, pero no se puede predecir una mejora, su caso será revisado aproximadamente una vez cada tres años.

  • Si no se espera una mejoría, su caso se revisará una vez cada siete años.

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En la revisión, Seguro Social le pregunta cómo su condición de salud le afecta y si ocurrió alguna mejoría.  En ese momento le enviaran una serie de cuestionarios incluyendo. Estos cuestionarios es para explorar que cosas usted puede hacer ahora y compararlos a los cuestionarios anteriores. Además le solicitan la información de los medicos o doctores que haya estado viendo desde que le aprobaron los beneficios o desde su ultima revisión.

 

La decisión se basará en la información de los cuestionarios de sus médicos, hospitales y otras fuentes médicas. Sin embargo, si las pruebas médicas no están actualizadas o completas, es posible que tenga que someterse a un examen médico especial. De no haberse recibido tratamiento medico desde la aprobación o ultima revision la posibilidad de que sus beneficios cesaran son mayores. 

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Si Seguro Social determina que usted ya no esta incapacitado sus beneficios cesaran. ellos enviaran una notificación con dicha decision. En ese momento se tiene que radicar una apelación. Si la persona quiere continuar recibiendo beneficios durante el proceso de apelación, la misma tiene que ser radicada en un periodo de 10 días desde que se recibe la notificación. Después de dicha fecha se puede radicar una apelación hasta el día numero 60 pero los beneficios se detendrán hasta que la Corte tome una decisión favorable. 

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Usted no se puede enfrentar a Seguro Social solo. Según las estadísticas a ellos se le hace más fácil quitar los beneficios que denegarlos por primera vez. Nosotros antendemos estos casos en la mayoria de los Estados. 

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